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Varga Csaba

Algunas cuestiones metodologicas de la formación de los conceptos en ciencias jurídicas

ÍNDICE, INTRODUCCIÓN


Índice


1. Introducción
2. La particularidad del objeto de las ciencias jurídicas
3. La particularidad de la metodología de las ciencias jurídicas
4. La particularidad de la formación de los conceptos en ciencias jurídicas. Algunos problemas
4.1. El concepto del derecho
4.2. El concepto dogmático del contenido del derecho
4.3. El concepto de la normatividad jurídica
4.4. El concepto de las lagunas en derecho
5. La particularidad de la formación de los conceptos en ciencias jurídicas. Algunas conclusiones
6. La formación de los conceptos en ciencias jurídicas y la realidad. Conclusión final
7. Anexos. De las bases de una clasificación posible de las definiciones en ciencias jurídicas.



Introducción

La metodología de la formación de los conceptos en ciencias jurídicas presenta muchos rasgos que coinciden con los de la metodología de las investigaciones en ciencias jurídicas o que son idénticos a ellos. En efecto, la formación de los conceptos está, en el fondo, al servicio de la cognición y de la investigación: se sabe que los conceptos constituyen, en parte, una de las bases y de las premisas de los procesos de cognición y, en parte, el resultado y la suma sintéticos de los procesos en cuestión.

El método que puede o que debe aplicarse a un objetivo dado, especialmente la metodología del proceso de la cual se trata, está determinado por la naturaleza y las cualidades objetivas del objeto de la investigación. Así, la conexión entre las cualidades concretas del objeto y la metodología tiene por resultado que en lo que sigue -cuando tratamos de trazar, en el marco de una concepción formada por los menos como una hipótesis de trabajo, los contornos de un problema específico pero extremadamente importante- debemos comenzar nuestro discurso por el análisis de las características del objeto en cuestión.

Este problema que se presenta de modo implícito o explícito en el rechazo de una manera de ver dada o bien en esfuerzos tendientes a la conciliación de los diferentes enfoques, de forma indirecta o directa, pero en todo caso necesariamente, puede formularse, a primera vista, acercándonos sólo a lo concreto y, por consiguiente, en forma muy ruda y grosera, como sigue; en el terreno de la formación de los conceptos y considerando el aspecto metodológico de esta formación, ¿cuál es la consecuencia del hecho de que la realidad susceptible de ser tomada en consideración en las investigaciones en ciencias jurídicas se presenta como una realidad doble?

Ahora bien, en una forma sobreentendida esta pregunta admite también una afirmación que debemos explicar, además brevemente, para evitar todo malentendido en la materia.


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